NOVEDADES EN MATERIA IMPOSITIVA
DECRETO 394/2023 B.O. 31/07/2023
El impuesto a los débitos y créditos a cuenta de contribuciones patronales
Se establece para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas y para aquellas remuneraciones devengadas entre el 1 de agosto de 2023 y hasta el 31 de diciembre de 2024, ambas fechas inclusive, la posibilidad de computar como pago a cuenta de las contribuciones patronales hasta el 30% del impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias que hubiesen sido efectivamente ingresados.
El importe así establecido, será computado como pago a cuenta de hasta 15% de las contribuciones patronales que se destinen al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).
Dicha acreditación como pago a cuenta, no obsta la aplicación de las disposiciones del artículo 6 de la Ley Nº 27.764, la de computar el 70% contra el impuesto a las ganancias.