Circular Externa 100-000016 de 2020. A continuación, un resumen de esta Circular:
El 24 de diciembre de 2020, la Superintendencia de Sociedades expidió la Circular Externa 100-000016 con la cual se modifica de manera integral el Capítulo X de la circular Básica Jurídica emitida por esta entidad en 2017. La nueva reglamentación implica un cambio integral al Sistema de Autocontrol y Gestión del Riesgo LA/FT y reporte de operaciones sospechosas a la UIAF, conocido como SAGRLAFT, para convertirse en el - Sistema de Autocontrol y Gestión del riesgo integral de LA/FT/FPADM y reporte de operaciones sospechosas a la UIAF - SAGRILAFT. Un resumen de los cambios introducidos par la nueva norma incluye:
- Reduce significativamente el umbral de salarios mínimos requeridos sobre el total de ingresos y/o activos a 40.000 SMLMV con corte a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior.
- Se debe implementar a más tarde el 31 de mayo del año siguiente
- Incluye la tenencia de activos como requisito para estar obligado a su implementación
- las empresas obligadas deben adoptar Medidas Razonables de “Debida Diligencia” de la Contraparte, con un enfoque basado en riesgo y considerando la materialidad.
- Incluye requisitos especiales para agentes inmobiliarios, comercializadoras de materiales y piedras preciosas, servicios jurídicos, servicios contables, construcción de edificios y obras de ingeniería civil y de servicios de activos virtuales.
- Se crea un Régimen de Medidas Mínimas aplicable a las empresas que pertenezcan a las Actividades y Profesiones No Financieras Designadas - APNFD, esto es: (i) sector inmobiliario; (ii) sector de comercialización de metales y piedras preciosas; (iii) sector de servicios contables; y (iv) sector de servicios jurídicos; que al 31 de diciembre del año anterior hubieren obtenido ingresos iguales o superiores a 3.000 SMMLV o tengan activos iguales o superiores a 5.000 SMMLV.
- El rol del Oficial de Cumplimiento (OC) podrá ser tercerizado con personas naturales o entidades jurídicas que presten este servicio.
- El representante legal o el revisor fiscal no podrán fungir como Oficial de Cumplimiento.
- Se extiende el régimen de sanciones al Oficial de Cumplimiento, al Revisor Fiscal y a los administradores de las empresas obligadas. Las sanciones pueden ser incluso de tipo penal.
- Una empresa obligada que al 31 de diciembre de cualquier año dejare de cumplir con los requisitos del Capitulo X de la Circular, deberá mantener y cumplir con el sistema por un periodo mínimo de permanencia adicional de: (i) tres (3) años para SAGRILAFT; y (ii) un (1) año para el Régimen de Medidas Mínimas.
En RSM Podemos ayudarlo a comprender y abordar sus desafíos de SAGRILAFT con experiencia, soluciones y resultados comprobados. Nuestro Equipo de Riesgos puede ayudarlo a cumplir con las expectativas regulatorias más complejas y mitigar los riesgos asociados con el posible Lavado de Activos, Financiación del terrorismo y Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva.
Los miembros de nuestro equipo tienen una amplia experiencia en LA/FT e incluyen especialistas certificados en lavado de activos, así como profesionales experimentados, que han trabajado en una variedad de entornos de LA/FT de alto riesgo. Adicionalmente, nuestro equipo incluye a ex examinadores regulatorios, que aportan perspectivas valiosas a los proyectos de Gestión de riesgos de LA/FT.
Nuestros profesionales han manejado diferentes proyectos grandes de LA/FT para clientes con base internacional y asistimos activamente a los clientes con problemas de cumplimiento a través de auditorías, monitoreo, capacitación y roles de asesoría continua.
Trabajamos con más de 1,000 instituciones, incluidas algunas con componentes internacionales de alto riesgo para sus negocios. Debido a esto, nuestro equipo está bien versado en la amplia gama de problemas relacionados con gestión de riesgo de LA/FT y puede ayudar a los clientes de todos los tamaños y complejidades a lograr un entorno de cumplimiento sólido.
Nuestro enfoque para el cumplimiento de SAGRILAFT
En la práctica de gestión de riesgos de RSM contamos con metodologías y recursos que monitorean e interpretan continuamente las expectativas siempre cambiantes en torno a las áreas de SAGRILAFT y brindan capacitación relevante, programas de trabajo y conocimientos a nuestros profesionales en campo, para que puedan ayudar a los clientes a mantenerse a la vanguardia de los problemas en evolución.
Programa SAGRILAFT y análisis de brechas
Los programas SAGRILAFT deben adaptarse al cambio a medida que las instituciones crecen, tanto orgánicamente como a través de adquisiciones. Podemos ayudarlo a identificar las brechas que deberán cubrirse realizando una evaluación de su programa de LA/FT en su estado actual y comparándola con el programa de LA/FT/FPADM que su estado futuro requerirá.
NUESTROS SERVICIOS INCLUYEN:
- Implementación sistema de administración de riesgo de LA/FT/FPADM (SAGRILAFT).
- Auditoría y Cumplimiento de SAGRILAFT
- Pruebas y auditorías independientes.
- Optimización y ajustes a LA/FT/FPADM (SAGRILAFT)
- Consultoría en metodología para la evaluación y calificación del riesgo.
- Calificación de riesgo subcontratado.
- Asesoría en materia regulatoria.
- Debida diligencia / Debida diligencia intensificada.
- Implementación de Medidas Mínimas (Circular 100-000016 de 2020)
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