Antecedentes

En relación la nueva Ley del Teletrabajo Ley N° 31572 publicada el 11 de setiembre de 2022, junto a su Reglamento el Decreto Supremo N° 002-2023-TR   publicado con fecha del 26 de febrero de 2023, cual tiene como finalidad la regularización del teletrabajo.

De esa forma, se dictaron diversas disposiciones que el empleador deberá ejecutar en la empresa al optar por el teletrabajo, e inclusive se realizó un comunicado sobre las disposiciones que acarrea la implementación del Teletrabajo, la misma se puede visualizar en el webinar "Obligaciones del Teletrabajo que debes implementar desde el 27 de abril".

Plazo de adecuación

Cabe considerar por otra parte, que el marco normativo del teletrabajo entró en vigencia el 1 de enero del presente año. Sin embargo, su exigencia quedó supeditada a la publicación del Reglamento; de esa forma, una vez publicado, se ha otorgado un plazo de adecuación de 60 días calendario desde el día siguiente de su publicación, es decir, el plazo es hasta el 27 de abril. Durante todo este tiempo, el trabajo remoto continuó vigente, pero una vez culmine el plazo de adecuación, la normativa del trabajo remoto quedará derogada.

El tiempo de adecuación brindado, prevé que el empleador tiene la potestad de poder aplicar el teletrabajo desde el día siguiente de la publicación del reglamento y tiene como plazo la fecha límite para poder llevar a cabo todas las disposiciones tanto en el ámbito contractual con sus trabajadores como en las adaptaciones de políticas, capacitaciones, evaluaciones y demás que la normativa señale.

Por ello, recomendamos que las empresas que optan por esta modalidad puedan adecuar sus labores conforme a ley.

Infracciones y multas

De acuerdo con la Ley y el Reglamento, se establecen obligaciones que el empleador deberá, ante un incumplimiento será Sunafil la entidad encargada de inspeccionar y multar. Por ello, se determinan las infracciones en leves, graves y muy graves; asimismo, la multa dependerá del régimen laboral y la cantidad de trabajadores de la empresa.

De esa forma, se dispone lo siguiente:

Leves

Graves

Muy graves