Publicado en Diario Autónomos y Emprendedores

 

Aunque la redacción de un pacto de socios no es un requisito obligatorio, la experiencia de emprendedores y expertos sugiere fuertemente su firma. El abogado de la firma RSM Spain, Luis Carvajal, está convencido de que este acuerdo brinda seguridad a los socios al asegurar que ninguna parte pueda tomar decisiones cruciales para el funcionamiento de la empresa sin el consentimiento de los demás. Por ejemplo, impide la venta de acciones a terceros sin aprobación de las dos partes o de la mayoría en caso haya 3 socios o más.

En el caso de emprender un negocio con familiares y amigos, el abogado aseguró que es crucial llevar a cabo la constitución de una sociedad, siendo la primera norma la creación de estatutos dónde se debe tomar la decisión fundamental sobre cómo se gobernará el negocio, ya sea a través de un administrador único, administradores solidarios o un consejo de administración. Este proceso puede llevarse a cabo con la asistencia de un notario o un abogado, quienes facilitarán la redacción de estos documentos legales.

En situaciones donde hay dos socios con igualdad de participación, surge la posibilidad de bloqueos en la toma de decisiones si ambos tienen el 50% de control. “Aquí es donde entra en juego el pacto de socios, que implica al menos dos personas y proporciona herramientas útiles para resolver conflictos. En el caso de tres socios, regula que se requiera la aprobación de al menos dos de ellos para resolver disputas, este enfoque permite gestionar eficazmente la toma de decisiones y manejar posibles desacuerdos en el desarrollo de la empresa” señala el experto.

Además, recomienda contar con un pacto de socios elaborado por un abogado, que establezca pautas para abordar conflictos potenciales. Por ejemplo, se puede acordar que decisiones que impliquen pagos superiores a cierta cantidad requieran la aprobación de ambos socios o la mayoría de ellos.