A partir del 1 de enero de 2025 se van a producir una serie de cambios en la cotización de solidaridad. A partir de ese momento todas las retribuciones que superen el importe de la base máxima de cotización estarán sujetas a una cotización adicional de solidaridad.

Por tanto, la cuota de solidaridad será la siguiente:

  • 5,5% a la parte comprendida entre la base máxima de cotización y la cantidad que exceda de esta en un 10%.
  • 6% a la parte comprendida entre el 10% que exceda de la base máxima y el 50% que exceda de esta.
  • 7% a todo lo que exceda el anterior porcentaje.

Estos porcentajes se aplicarán de forma progresiva hasta 2045.

Te contamos como van a afectar al trabajador estos cambios y como se deberán aplicar en las nóminas en nuestra RSM Alert.