La Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia introduce, entre otras medidas, los llamados “MASC” (medios adecuados de solución de conflictos) como requisito previo a demandar en un proceso judicial. 

 

A partir de ahora las partes deberán acreditar documentalmente el intento de una actividad negociadora previa a través de un MASC antes de presentar una demanda, como por ejemplo un burofax. Además, la asistencia letrada no es obligatoria, excepto cuando se opte por el MASC de “oferta vinculante confidencial”.
 

En nuestra última RSM Alert te contamos en detalle esta reforma procesal, que exige a los afectados o interesados en muchas reclamaciones judiciales instar la vía de la negociación previa.