El artículo 401 de la Ley Nº 19.924 de Presupuesto Nacional para el período de Gobierno 2020- 2024 establece:

"Los estados contables anuales de los prestadores integrales del Seguro Nacional de Salud, deberán ser presentados ante el Ministerio de Salud Pública, con dictamen de auditoría externa realizado por empresas auditoras o profesionales independientes de reconocida solvencia, con las especificaciones que se establezcan por parte de dicha Secretaría de Estado.

Las empresas o profesionales referidos no podrán auditar a la misma institución por más de tres ejercicios económicos consecutivos.

Quedan incluidas en el alcance del inciso anterior, aquellas empresas o profesionales que hayan realizado auditorías consecutivas a la misma institución a partir del ejercicio iniciado el 1° de octubre de 2018."


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La información financiera que brindan las empresas precisa máxima credibilidad. Para ello, la metodología que seguimos se basa en la aplicación de procedimientos de auditoría aceptados a nivel nacional e internacional.


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Cra. Claudia Piano

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