Medidas fiscales propuestas por el Poder Ejecutivo

El pasado 23 de mayo el Poder Ejecutivo difundió las medidas fiscales que serán incorporadas en el Proyecto de Ley de Rendición de cuentas, las mismas buscan darle sustentabilidad a las cuentas públicas.

Impuesto a la renta personal – categoría trabajo

En materia de impuesto a la renta personal, en relación al trabajo se propone una modificación en las tasas. En particular, se propone la apertura de la cuarta franja, creando un primer tramo entre $ 50.101 y $100.200, el que se incrementará en cuatro puntos porcentuales y un segundo tramo entre $100.201 y $167.000, el que se incrementará en cinco puntos porcentuales. Mientras tanto, la sexta franja resultante se incrementaría también en cinco puntos porcentuales. La séptima franja resultante se incrementaría en 6 puntos porcentuales al igual que la última.

En relación a las pasividades a partir de los $ 50.101 se prevé un aumento de la tasa de 20% a 24%, mientras que a partir de los $ 167.000 el incremento es del 25% al 30%.

El siguiente cuadro ilustra los cambios en el IRPF:

Tramo de ingresos mensuales Tasa IRPF II
BPC Pesos Actual Propuesta
Menos de 7 Menos de 23.380 0% 0%
7 a 10 23.381 a 33.400 10% 10%
10 a 15 33.401 a 50.100 15% 15%
15 a 30 50.101 a 100.200 20% 24%
30 a 50 100.201 a 167.000 20% 25%
50 a  75 167.001 a 250.500 22% 27%
75 a 115 250.501 a 384.100 25% 31%
Más de 115 Más de 384.100 30% 36%

Asimismo, respecto al cálculo de las deducciones en la liquidación del IRPF trabajo se propone determinarlas a una tasa fija del 8%, a excepción de la franja de $ 33.401 a $ 50.100 que se establece en el 10%.

Impuesto a la renta personal – categoría capital

En materia de Impuesto a la renta personal categoría capital, se propone elevar del 3% al 7% la alícuota aplicable a:

  • Intereses de depósitos en MN y UI superiores a 1 año en Instituciones de Intermediación Financiera de plaza (IIF).
  • Intereses de obligaciones y otros títulos de deuda emitidos por entidades residentes con plazo mayor a 3 años.
  • Rentas de certificados de participación de fideicomisos financieros con plazo mayor a 3 años.

Se propone elevar del 5% al 7% la alícuota aplicable a los intereses correspondientes a los depósitos en IIF a un año o menos en MN y UI sin cláusula de reajuste.

Impuesto a la renta empresarial

  • Se propone eliminar la deducción de sueldos fictos patronales, permitiendo deducir el sueldo patronal real, es decir por el que se paga IRPF.

Esta disposición alcanzaría únicamente a aquellas empresas con contabilidad suficiente (aquellas cuya facturación supera los cuatro millones de UI, es decir, aprox. Usd 433.000).

  • Se propone fijar un tope equivalente al 50% del Resultado fiscal positivo a efectos del cómputo de las pérdidas fiscales de ejercicios anteriores acumuladas durante los últimos 5 periodos.
  • Se propone considerar a las utilidades no distribuidas cuya antigüedad supere los 3 ejercicios, como efectivamente distribuidas, siempre que no hayan sido reinvertidas. En cuyo caso resultan gravadas por IRPF a la tasa del 7%.
  • Se propone gravar por IRPF capital a la tasa del 7%, la distribución de utilidades actualmente exonerada de sociedades con contabilidad suficiente prestadoras de servicios profesionales y personales.

Impuesto al valor agregado

Se propone reducir la tasa de IVA en dos puntos porcentuales para aquellas compras que se efectúen mediante tarjeta de debito o instrumentos de dinero electrónico.

 

Decreto 134/016 - IVA: Incorporación de nuevos ítems en la nómina de exportaciones de servicios

El Poder Ejecutivo incorporó a la nómina de exportaciones de servicios, regulada por el artículo 34 del Decreto 220/998 reglamentario del IVA, a los servicios de organización de eventos deportivos así como a la matricula de inscripción para participar en los mismos, exigiendo el cumplimiento simultaneo de los siguientes requisitos:

  1. Que se trate de un evento deportivo de características internacionales.
  2. Que el evento sea transmitido al exterior del país ya sea por vía televisiva, o por otros medios que los avances tecnológicos permitan.
  3. Que se cuente con la declaratoria de Interés Deportivo por parte de la “Secretaría Nacional del Deporte” y la acreditación ante la misma, de la participación de deportistas internacionales destacados.

 

Ley 19.398 - Prorroga entrada en vigencia de los artículos 35, 36, 40 y 41 de la Ley de inclusión financiera

El 1 de junio de 2016 se promulgó la ley 19.398 por la cual se prorroga, hasta el 31 de diciembre de 2016, la entrada en vigencia de lo dispuesto por el inciso primero del artículo 35, así como los artículos 36, 40 y 41 de la Ley de inclusión financiera.

Estas disposiciones regulan el funcionamiento de los pagos referidos a la compraventa de inmuebles y automóviles así como las operaciones de elevado monto y aquellas operaciones iguales o superiores a 40.000 UI (aprox. Usd 4.400) cuando una de las partes de la relación sea una persona jurídica o persona física que actúe en calidad de titular de una empresa unipersonal, socio de una sociedad de hecho, sociedad irregular, sociedad civil o similar.

El Poder Ejecutivo por vía reglamentaria extendió los plazos inicialmente establecidos, llegando a hacer uso de la máxima prorroga facultada por Ley, razón por la cual se recurrió a una nueva extensión por vía legal.

 

Ley 19.391 - Acuerdo entre Uruguay y la República de Chile para el intercambio de información en materia tributaria

El pasado 20 de mayo se aprobó el Acuerdo entre la República Oriental del Uruguay y  la República de Chile sobre intercambio de información tributaria.

 

Ley 19.393 - Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal entre Uruguay y el Gobierno de los Emiratos Árabes Unidos

El pasado 20 de mayo se aprobó el Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio entre la República Oriental del Uruguay y el Gobierno de los Emiratos Árabes Unidos.