Reglamentación: Ley 1901 de 2018 y Decreto 2046 de 2019

 

1. ¿Qué es una BIC?

  • Es aquella empresa que combina las ventajas de su actividad comercial y económica, con acciones concretas para propender por el bienestar de sus trabajadores, aportar a la equidad social del país y contribuir a la protección del medio ambiente.
  •  Todo esto dentro de un marco de modelo de negocio y gobierno corporativo, caracterizados por la responsabilidad social y ambiental, la transparencia, las buenas prácticas, la visión innovadora y el seguimiento, medición y reporte de resultados.

2. ¿Qué características tiene una BIC?

  • Cualquier sociedad comercial puede adoptar voluntariamente la condición de “BIC”.
  •  No implica un cambio en el tipo societario o la creación de uno nuevo.
  • Adquirida esta condición siguen obligadas a cumplir con las obligaciones del impuesto sobre la renta, de IVA y las demás obligaciones tributarias.
  •  El nombre comercial deberá incluir la razón o denominación social, la abreviatura correspondiente al tipo societario y la sigla BIC.

3.¿Qué Requisitos se deben cumplir para ser una BIC?

  • Establecer una remuneración salarial razonable para sus trabajadores.
  • Establecer subsidios para la capacitación y el desarrollo profesional de sus trabajadores.
  •  Crear opciones para que sus trabajadores tengan participación en la sociedad mediante la adquisición de acciones.
  •  Adquirir bienes o contratar servicios de empresas de origen local o que pertenezcan a mujeres y a minorías.
  •  Efectúan anualmente auditorías ambientales sobre la eficiencia en el uso de la energía, el agua y los desechos.
  • Preparar un reporte de gestión de conformidad con lo señalado en la Ley 1901 de 2018, en donde se revele en qué ha consistido el desarrollo de las actividades expresamente incluidas dentro de su objeto social. El reporte generado debe poder demostrar de forma cualitativa y cuantitativa el impacto que, durante el último ejercicio social, han tenido sobre el modelo de negocio, el gobierno corporativo, las prácticas laborales, ambientales y sociales.

4.¿Qué incentivos tienen las BIC?

  • Las BIC podrán ser beneficiarias y tendrán acceso preferencial a las líneas de crédito pertinentes que implemente el Gobierno Nacional.
  • • Así mismo, en materia tributaria, las utilidades repartidas, a través de acciones, a los trabajadores de las empresas BIC, “serán tratadas como ingreso no constitutivo de renta ni ganancia ocasional en la declaración del impuesto sobre la renta” para la sociedad.
  • • El monto a tratarse como ingreso no constitutivo de renta ni ganancia ocasional será hasta el 10 por ciento de las utilidades generadas por la empresa y “que sean efectivamente distribuidas en acciones a los trabajadores de la sociedad, en el mismo año en que se genera la utilidad o en el periodo siguiente”.

5.¿Cómo se pierde la calidad de BIC?

  • Cuando la información contenida en el reporte no corresponda con la realidad
  •  Cuando la sociedad no cumpla con la metodología prevista para el estándar escogido.
  •  Cuando el reporte no sea entregado a la asamblea o no sea puesto a disposición del público
  • Cuando el incumplimiento no sea grave, la SIC podrá imponer multas e impartir órdenes con el fin de que se tomen las medidas correctivas necesarias.

6.¿Qué entidades se encargan de las BIC?

  • La solicitud se hace en la inscripción del registro mercantil ante la cámara de comercio.
  •  La Superintendencia de Sociedades será la encargada de ejercer la supervisión de las sociedades de Beneficio e Interés Colectivo, respecto al cumplimiento de la Ley 1901 de 2018, y sus decretos reglamentarios,

En caso de requerir información adicional, por favor no dude en contactarnos.

Sergio Viveros
Tax Partner
RSM Colombia
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