
Si capitalizaste pasivos durante 2021 – recuerda cumplir con esta obligación de emitir el informe de atestiguamiento para certificar los pasivos capitalizados.
(EFECTOS FISCALES)
Antecedentes
Recibir financiamiento interno y/o externo es una práctica necesaria y común entre las sociedades mercantiles para su operación, es decir a través de aportaciones de sus propios socios o bien por medio de sus pasivos a través de proveedores, acreedores o acreedores bancarios.
Contablemente estas operaciones se reflejan como un pasivo por lo que a continuación se define el concepto conforme a Normas de Información financiera:
NIF C-9, párrafo 31.1
Definición de Pasivo:
Es una obligación presente de una entidad, identificada, cuantificada en términos monetarios que representa una probable disminución de recursos económicos y derivada de operaciones ocurridas en el pasado, que han afectado económicamente a dicha entidad.
La capitalización de pasivos, es una opción para reestructurar financieramente las obligaciones de pago de una Sociedad, sin embargo trae diferentes implicaciones legales, financieras y fiscales, que son necesarias conocer.
8 de diciembre de 2020. Se lleva a cabo la publicación en el D.O.F., la reforma a diversas disposiciones fiscales:
Art. 30, cuarto párrafo del C.F.F., tratándose de aumentos de capital Social, se debe conservar la información y documentación soporte que acredite “la sustancia económica” de los aumentos del capital social.
Tratándose de aumentos por capitalización de pasivos.
- Conservar las Actas de Asamblea en las que consten dicho actos.
- Tener documento que certifique la existencia contable del pasivo y su valor correspondiente, que debe contener las características que emita el SAT mediante reglas de carácter general. (Origen y existencia de los pasivos).
Por lo anterior el 29 de diciembre de 2020 se publicó en el D.O.F. La R.M.F aplicable a 2021, en que se adiciona la regla 2.8.1.23 (17 fracciones) y señala lo siguiente:
La emisión de la certificación será por un Contador Público inscrito y debe contener la siguiente información:
- Identificación
- Entidad o figura jurídica con la que se generó la obligación de la que deriva el pasivo.
- Nombre, clave de RFC, o número de identificación.
- País o jurisdicción de residencia para efectos fiscales.
- Si es parte relacionada o no.
- Inspeccionar documentación soporte
- Origen de la que deriva el pasivo capitalizado.
- Fecha de celebración de la deuda.
- Características y existencia de la obligación.
- Estados de cuentas para cotejar que se recibieron los recursos así como la fecha.
- Tratándose de pasivos con proveedores
- Revisión y verificación del control interno.
- Confirmar que los bienes o servicios efectivamente se adquirieron, entregaron o recibieron.
- Fundamento contable (NIF C-9, C-11 y C-19)
- Indicar si el pasivo capitalizado cumple con las NIF, señalar Norma y párrafo aplicable.
- Justificar las razones para considerar que se cumplió con dichas las Normas.
- Operaciones con títulos de crédito o instrumentos financieros
- Validar el cálculo de los intereses devengados.
- Operaciones que deriven de instrumentos financieros de deuda
- Indicar la metodología del calculó del valor razonable y validación del cálculo correcto.
- Reconocimiento inicial del pasivo
- Precisar la fecha y valor inicial del pasivo.
- Aumentos o disminuciones de la deuda a la fecha de capitalización.
- Tipo de moneda y su equivalente en moneda nacional.
- Tasa de interés del pasivo pactada.
- Pasivos en moneda extranjera
- Tipo de cambio utilizado y fecha de publicación del mismo.
- Explicaciones suficientes.
- Valor del pasivo a la fecha de la capitalización.
- Número y valor de acciones o partes sociales otorgados por la capitalización del pasivo.
- Indicar nombre, razón social o denominación del socio o accionista.
- Indicar los registro en contabilidad
- Estados de situación financiera.
- Balanzas de comprobación.
- Auxiliares.
- Pólizas de registro.
- Datos de asamblea
- Identificación de acta, fecha instrumento.
- Fedatario público.
- Folios mercantiles.
- Manifestación bajo protesta
- Manifestación del Contador Público inscrito.
- Haber cumplir con las Normas de Auditoría vigentes.
- Fecha en que se expide la certificación
- Identificación del Contador Público inscrito
- Nombre
- Número de cédula profesional
- Número de registro
- Firma del Contador Público inscrito
- Aviso de actualización de socios o accionistas conforme al Código Fiscal de la Federación.
Informe de Atestiguamiento.
El informe que emite el Contador Público Inscrito como consecuencia del trabajo que lleva a cabo, incluye como elemento fundamental, las afirmaciones de la evidencia que revisó y que llevó a cabo de un trabajo de atestiguamiento, de conformidad con la Normas para Atestiguar, emitidas por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C.
Conclusiones
- El origen de los pasivos a ser capitalizados, puede llevar a un número importante de procesos a validar, controles internos a revisar y desde luego la inspección del origen de las transacciones.
- Llevar la contabilidad conforme a Normas de Información Financiera, ya que es requisito para la autoridad.
- Se está fortaleciendo el trabajo profesional del Contador Público Inscrito, ya que la autoridad fiscal nuevamente le da credibilidad.
- De acuerdo al origen de la capitalización de los pasivos, será necesario considerar un alcance particular en la ejecución de cada uno de los trabajos para emitir este informe.
Fuente:
Resolución Miscelánea Fiscal para 2021.
Ley del ISR 2021.
Autores del contenido:
Alejandro López Prado
Director de Auditoría
[email protected]
Faustino De la Cruz Martinez
Gerente de Auditoría
[email protected]