Ley de Maquila: un incentivo para la inversión en Paraguay

En el Paraguay, el Régimen de Maquila fue creado por la Ley nº 1064 del año 1997 "De la Industria Maquiladora de Exportación" y fue regulado por el Decreto Ley nº 1064/97“ en julio del año 2000. 

 

Es un régimen de inversión a través del cual se producen localmente en Paraguay bienes y servicios de exportación con grandes beneficios para los inversionistas nacionales y extranjeros. 

 

A través de este régimen, los inversores pueden introducir al país bienes, productos o servicios para ser procesados con miras a su posterior exportación. Así también, una empresa extranjera podrá instalarse en Paraguay, o subcontratar a empresas nacionales ya existentes, para este fin. 

 

El Ministerio de Industria y Comercio – MIC define maquila como “un sistema de producción mediante el cual empresas ubicadas dentro del Paraguay pueden producir bienes y servicios para ser exportados. 

 

La actividad maquiladora se encuentra regulada por el Consejo Nacional de Industrias Maquiladoras de Exportación (CNIME). El CNIME controla la importación de materia prima para la transformación y su posterior exportación. 

El sistema maquila paraguayo incentiva a las empresas extranjeras instalarse dentro del país, o subcontratar a otras empresas ya existentes, con la finalidad de procesar bienes o servicios que serán reexportados después de obtener el valor agregado. Igualmente, facilita a la importación de materias primas, herramientas e insumos indispensables, a través de un método suspensivo de pagamento de gravamen considerado como admisión temporaria, emplear servicios y mano de obra local, y seguidamente reexportar el producto manufacturado al mercado regional o internacional. 

 

El atractivo fiscales apreciados en la Ley Maquila nº 1064 y su reglamentación, sería la ubicación geográfica del territorio, considerado el corazón de América del Sur, colocándose en el centro de un mercado de más de 200 millones de habitantes “MERCOSUR” compone al Paraguay un sitio atractivo para el establecimiento de inversiones extranjeras. 

 

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¿Cómo funciona la Ley de Maquila en Paraguay?

La Maquila Paraguaya se puede determinar como un régimen de subcontratación internacional y tiene como objetivo de llevar a cabo procesos industriales o de servicios, parciales o generales, sobre bienes tangibles o intangibles. 

 

Este régimen puede ser ejecutado con la instalación de la firma extranjera en el territorio paraguayo o a través de la subcontratación a una empresa paraguaya. 

Los bienes que son objeto del proceso de la maquila tienen una permanencia provisionalmente en el país, destinando a la exportación.  

 

Se utiliza la figura legal de la “admisión temporaria” que es reconocida por la legislación del Paraguay y también del Mercosur y por las normas de la OMC. 

 

Por ley, el objetivo de las maquiladoras es único y exclusivamente la exportación, sin embargo, el Régimen de Maquilas permite el destino de hasta el 10% de la –producción del período anterior para la venta en el mercado nacional paraguayo. 

 

Cerca del 60% del total de maquilas instaladas en Paraguay cuentan con capital de origen brasileño. 

 

Las maquilas actualmente instaladas en Paraguay son mayoritariamente de ramo de confecciones, que también recibe la mayor parte do capital brasileño investido con el objetivo de ampliar la competencia contra los productos textiles de origen china. 

 

El sector de servicios se destaca en la cantidad de plantas en operación, pero la baja participación brasileña, principalmente por tratarse, en la gran mayoría, de empresas de call center, que tienen como objetivo la prestación de servicios remotos para Uruguay y prioritariamente la Argentina (de las seis maquilas de capital argentino, cuatro ofrece servicios de call center). 

Origen de los productos maquilados

 

El Paraguay requiere de un mínimo de un 60% del valor agregado regional (incluido Paraguay) más un 40% extrazona para obtener certificado de origen MERCOSUR. La transformación de bienes dentro del territorio paraguayo mediante la utilización de materiales no originarios de los estados partes del MERCOSUR, cuyo resultado diere una individualidad diferente al producto, a través de una nueva partida arancelaria daría lugar a la emisión del certificado de origen MERCOSUR. 

Forma jurídica

Las personas nacionales o extranjeras, que se constituyan al solo efecto de operar como Empresas Maquiladoras, estarán constituidas como Centros de Costos de Producción y se les aplicará el tratamiento tributario establecido en la Ley, este Reglamento y las respectivas Resoluciones. Estarán capacitadas para realizar cualquiera de las operaciones autorizadas por la Ley, este Reglamento y sus respectivas Resoluciones, no pudiendo, en ningún caso, realizar otro tipo de operaciones comerciales.

 

Las Empresas Maquiladoras pueden operar bajo cualquiera de las figuras establecidas en la legislación nacional, pudiendo tratarse de personas físicas o jurídicas, nacionales o extranjeras, domiciliados en el país. Las formas jurídicas más utilizadas en el país son: 

 

*Sociedad Anónima (SA)

*Sociedad de Responsabilidad Social (SA)

*Sucursales de Empresas Extranjeras

 

No existe ninguna limitación en cuanto a la participación del capital. 

 

El mismo puede ser en un 100% nacional o extranjero. 

 

Características principales

 

Realización, bajo contrato con una matriz extranjera, de procesos industriales o de servicios, que tengan por objeto la producción o transformación de bienes (total o parcial) para su exportación así como la provisión de servicios a favor de beneficiarios del exterior. 

 

La Maquiladora a su vez puede sub contratar a otra empresa (sub maquiladora) a fin de desarrollar determinados procesos contemplados en el Programa de Maquila objeto del Contrato. 

 

La matriz puede enviar a la maquiladora, bienes de capital, materias primas, insumos, directamente o desde otros países 

La maquiladora a su vez podrá contratar bienes, servicios, mano de obra y otros dentro del territorio paraguayo. Los productos resultantes del servicio de maquila son enviados nuevamente a la Matriz o a un cliente domiciliado en cualquier parte del mundo por cuenta y orden de la matriz. 

 

Existen tres modalidades en que las empresas pueden operar bajo el Régimen de Maquila: 

Son empresas que se constituirán al sólo efecto de operar como Empresas Maquiladoras. Es decir que se dedicarán en forma exclusiva a la producción de bienes y/o servicios para exportar a otros países. 

Se refiere a empresas nacionales ya instaladas y cuya producción está orientada hacia el mercado interno. Cuando estas empresas cuentan con capacidad ociosa en sus instalaciones pueden destinar dicho potencial a programas de maquila. 

Orientado a empresas nacionales ya instaladas que cuentan con capacidad ociosa o que se han constituido para operaciones de submaquila, son subcontratadas por las empresas maquiladoras, para ejecutar procesos productivos que luego se integrarán a los de la empresa maquiladora. 

Principales beneficios

 

Las empresas que se constituyan en Paraguay dentro del régimen de Maquila podrían generar importantes beneficios, los cuales podrán concretarse con un adecuado manejo de las variables involucradas en un proceso de constitución y operación en territorio paraguayo, a continuación, se presenta un resumen de algunos de ellos 

 

Las operaciones de maquila están exoneradas de todo impuesto o tasa que afecte: 

  • El proceso desde la importación de materias primas e insumos 
  • La fabricación de los productos 
  • Exportación de productos, incluido el IVA. 

 

Se abona un único impuesto, con una alícuota del 1 % aplicada sobre: 

  • El valor de la factura de servicios emitida por la maquiladora a la matriz, 
  • O, sobre el valor de la factura de exportación cuando los bienes son vendidos directamente al cliente final de la matriz. 
  • Cabe destacar que, el tributo se aplica sobre el valor que resulte mayor. 

 

La legislación paraguaya no impone restricciones en cuanto a los tipos de productos o servicios comprendidos en la industria maquiladora. 

 

Proceso de inscripción

Para llevar adelante el proceso de autorización inicial para operar así como los trámites siguientes para la operación normal, se crea un Centro Único de Trámites (CUT). Una empresa que desee operar bajo el Régimen de Maquila en Paraguay deberá gestionar en el CNIME los trámites que se describen a continuación: 

 

  • Inscripción: La persona y/o empresa interesada en acogerse al Régimen de Maquila, como primer paso debe solicitar su inscripción como “maquiladora” o “submaquiladora”. Esta inscripción puede tramitarse ya antes de presentar el Programa de Maquila.  

 

  • Solicitud de aprobación del programa: la empresa deberá presentar el PROGRAMA DE MAQUILA y solicitar su aprobación. Dicho programa es básicamente el detalle del proyecto industrial y debe contener información técnica sobre MATERIAS PRIMAS E INSUMOS que el Programa de Maquila utilizará en los procesos de producción. 

 

  • Importación Maquila: Se inicia con la primera importación de bienes de capital y así también las materias primas e insumos destinados a la producción. El maquilador deberá solicitar la correspondiente autorización de importación para cada operación a fin de controlar la correspondencia entre lo solicitado y lo previsto en el Programa de Maquila.  

 

  • Exportación Maquila: Una vez finiquitada la producción, la empresa maquiladora deberá solicitar la correspondiente autorización de exportación para lo cual deberá tener previamente presentados todos los despachos de importación por los cuales se han ingresado las materias primas e insumos utilizados en la confección de los productos para los cuales se solicita la correspondiente autorización de exportación. A esta solicitud deberá acompañar, entre otros documentos, la Factura de Exportación Maquila. 

 

  • Solicitud del Informe de Cuenta Corriente: Este Informe refleja el estado de los despachos de importación temporal maquila según se solicite, conteniendo el detalle de usos y salidas por exportaciones y los saldos de stock y desperdicios a la fecha de solicitud de dicho Informe de Cuenta Corriente.  

 

  • Presentación de informe mensual: Las empresas maquiladoras están obligadas a presentar mensualmente a la Dirección General de Aduanas, por intermedio del CNIME una planilla de informaciones referentes al volumen, especie y valor de las importaciones utilizadas y exportaciones o reexportaciones realizadas. 

 

Aspectos tributarios y laborales

Aspectos tributarios

 

El contrato de Maquila (y submaquila) y las actividades realizadas en ejecución del mismo, se encuentran gravadas por un tributo único del 1% (uno por ciento) sobre el valor agregado en territorio nacional. 

 

Se entiende por Valor Agregado a la suma de los bienes adquiridos en el país para cumplir con el Contrato de Maquila y sub-Maquila, más los servicios contratados y los salarios pagados en el país para el mismo propósito. 

 

De esta forma, las empresas que operan bajo el Régimen están exonerados de todo otro tributo nacional, departamental o municipal. Esta exoneración se extiende a la importación de los bienes, tanto de capital como las materias primas e insumos necesarios para ejecutar el Programa de Maquila y así también, la reexportación de los bienes importados bajo el Contrato de Maquila y la reexportación de los bienes transformados, elaborados, reparados o ensamblados bajo dicho Contrato. 

 

Aquellas empresas que realicen operaciones mixtas, es decir que tengan operaciones de producción orientadas al mercado interno y además procesos de fabricación bajo un Programa de Maquila aprobado, como puede ser el caso de la maquila por capacidad ociosa, o la submaquila, deberán identificar claramente sus operaciones y liquidar según corresponda las operaciones de Maquila y el resto de sus operaciones por el Régimen de Maquila y por el Régimen General respectivamente. 

 

Así también, la normativa permite a las empresas maquiladoras, habiéndose cumplido ciertas condiciones y previa gestión de aprobación de solicitud enviada del CNIME, vender, donar o disponer su producción o desperdicios en el mercado local, así como incorporar definitivamente bienes de capital que hayan sido importados sin pagar los impuestos establecidos en el Régimen General ya que se hicieron dentro del Programa de Maquila. Para este efecto deberán pagar los tributos establecidos para dichas operaciones dentro del Régimen General. Esto es así ya que, en esencia, bajo el Régimen de Maquila, los tributos no son exonerados sino que sólo suspendidos. 

 

Aspectos laborales

La mano de obra calificada y los costos laborales competitivos hacen de Paraguay un destino atractivo para las empresas extranjeras.  

 

Paraguay cuenta con una de las fuerzas laborales más jóvenes de la región, con una edad media de 26 años. Además, el dominio del inglés ha aumentado en los últimos años. 

 

Al cierre del año 2023, la población total de Paraguay era de 5,903,074 personas. 

 

El salario mínimo legal vigente es de guaraníes. 2.680.373 (dos millones seiscientos ochenta mil trescientos setenta y tres guaraníes) aproximadamente USD 367 y el jornal mínimo es de guaraníes  103.091 (ciento tres mil noventa y un guaraníes) aproximadamente USD 14. 

 

Los empleadores tienen la obligación de abonar al trabajador un aguinaldo o remuneración extraordinaria en el mes de diciembre de cada año o bien el pago proporcional al término de la relación laboral.  

 

Después de cada año de trabajo continuo, el empleador debe conceder al trabajador vacaciones anuales remuneradas según los días correspondientes a su antigüedad. 

 

Los empleadores deben cumplir con la obligación de inscripción en el Instituto de Previsión Social (IPS) y en el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS).  

 

El aporte patronal mensual es de 16,5% y el aporte obrero (se descuenta de los sueldos) es de 9%. En total el aporte que debe pagarse mensualmente al IPS es del 25,5%. 

 

 

Algunas de las razones por las cuales Paraguay es un destino atractivo para la inversión: 

Economía estable

Paraguay tiene la mayor estabilidad monetaria y financiera en Sudamérica. En los últimos 10 años, la economía no ha dejado de crecer, y su PIB ha experimentado uno de los mayores crecimientos a nivel mundial.

 

Estabilidad política y legal

A pesar de la incertidumbre política en otros países de la región, Paraguay ofrece un ambiente estable para los inversores. El derecho paraguayo otorga los mismos derechos a los inversores extranjeros que a los locales.

 

Alianza del Pacífico

Paraguay se ha integrado como miembro observador de la Alianza del Pacífico, un bloque económico de 2 billones de USD. Esto facilita la eliminación de barreras aduaneras y brinda garantías legales a las empresas que deseen invertir en cualquiera de los países de la Alianza.

 

Industria agroeconómica

La demanda mundial de productos alimenticios está en aumento, y Paraguay es un importante productor agroalimentario. La cría bovina y la producción agroalimentaria son actividades económicas clave en el país.

 

 

Regimen fiscal atractivo

Paraguay ofrece bajas presiones tributarias, incluido un IVA del 10% e impuestos empresariales del 10%, así como la tasa máxima de los impuestos a los no residentes del 15%. Esto hace que la inversión sea más atractiva para los inversores.

 

Fuerza laboral joven y competitiva

Paraguay cuenta con una de las fuerzas laborales más jóvenes de la región, con una edad media de 26 años. Además, el dominio del inglés ha aumentado en los últimos años.

 

Rentabilidad inmobiliaria

El sector inmobiliario en Paraguay ofrece rendimientos de inversión hasta un 50% más altos que en otros mercados de la región. Además, el régimen fiscal es favorable, con un IVA del 10%

 

 

 

 

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