La Corte Suprema ha emitido una sentencia en materia de precios de transferencia que merece nuestra atención.
🔍 El caso en síntesis:
SUNAT reparó el ajuste de precios de transferencia realizado por el contribuyente, quien había excluido gastos por comisiones e incentivos de sus estados financieros 2009, argumentando que fueron gastos extraordinarios por la crisis económica.
El Tribunal Fiscal revocó el reparo de SUNAT argumentando que la Administración debió realizar un nuevo análisis de comparabilidad utilizando solo datos del 2009.
⚖️ Criterio de la Corte Suprema:
La Corte determinó que el Tribunal Fiscal se desvió de la controversia real, que era:
Si procedía o no el "ajuste de exactitud" propuesto por el contribuyente.
Si correspondía utilizar información financiera plurianual (2007-2009) para calcular el margen operativo
La Corte determinó que tanto SUNAT como el contribuyente estaban de acuerdo en las empresas seleccionadas como comparables. Sin embargo, el Tribunal Fiscal exigió un nuevo análisis que nadie había solicitado, pronunciándose sobre aspectos no controvertidos (extra petita).
📋DECISIÓN DE LA CORTE SUPREMA
La Corte Suprema decide:
Declarar fundado el recurso de casación de SUNAT.
Declarar la nulidad parcial de la Resolución del Tribunal Fiscal N.º 4508-9-2021, en el extremo referido al reparo por ajuste de precios de transferencia.
Ordenar al Tribunal Fiscal que emita nuevo pronunciamiento, centrándose en la controversia real: si procede o no el ajuste de exactitud propuesto por el contribuyente y, en caso negativo, si corresponde utilizar información plurianual para determinar el margen operativo.
💡 Lecciones clave:
Es fundamental distinguir las etapas del análisis de precios de transferencia: selección de comparables vs. determinación del rango de precios.
Los ajustes por situaciones extraordinarias deben estar sólidamente fundamentados.
Las resoluciones administrativas deben ceñirse a lo solicitado por las partes (principio de congruencia).
📌 Impacto para contribuyentes:
Esta sentencia reafirma la importancia de precisar claramente los aspectos controvertidos en las distintas etapas del análisis de precios de transferencia y de sustentar adecuadamente cualquier ajuste que se pretenda realizar.
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