Una enfermedad profesional es una condición médica que se desarrolla como resultado directo de la exposición a factores de riesgo específicos presentes en el entorno laboral o debido a las actividades realizadas en el trabajo, como:
•    Exposición a sustancias tóxicas: pesticidas, vapores tóxicos, entre otros.
•    Movimientos repetitivos: uso frecuente de herramientas manuales, empaquetado, entre otros.
•    Posturas inadecuadas: manipulación de cargas en posiciones forzadas, entre otros.
•    Otros riesgos laborales: radiación, temperaturas extremas, entre otros.
Para ser considerada como enfermedad profesional, debe existir una relación causal demostrada entre la exposición en el entorno laboral y la enfermedad, y esta debe estar reconocida legalmente como tal por las autoridades competentes en materia de salud ocupacional y seguridad social.

Resolución del presidente del Tribunal Registral

Establece nuevos precedentes sobre el otorgamiento de renta vitalicia por enfermedad profesional y pensión de invalidez, de acuerdo con el Decreto Ley 18846 y la Ley 26790. Este precedente establece reglas claras para asegurar que los trabajadores afectados por enfermedades profesionales reciban el apoyo necesario, ampliando la protección a un mayor número de trabajadores en la industria minera y metalúrgica, y fortaleciendo los mecanismos de evaluación y compensación.

RECORDATORIO: El artículo 19 de la Ley N° 26790 estableció el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR). Este seguro es de carácter obligatorio y está diseñado para proporcionar cobertura de salud y pensiones a empleados que hayan sufrido accidentes laborales o desarrollado enfermedades profesionales. Dicha protección se aplica específicamente a quienes trabajan en empresas dedicadas a actividades consideradas de alto riesgo, según lo estipulado en el Anexo N° 5 del Decreto Supremo N° 009-97-SA.
Entre las reglas sustanciales, se destaca que:

  1. Ampliación de la Presunción del Nexo de Causalidad: Ahora se presume el nexo de causalidad entre la neumoconiosis-silicosis y las labores de apoyo en la minería, así como en la producción metalúrgica y siderúrgica, independientemente de que el certificado de trabajo especifique actividades de alto riesgo.
  2. Incorporación de Enfermedades Adicionales: Se incluye la hipoacusia y otras enfermedades relacionadas con labores de alto riesgo en fundiciones, presumiendo el nexo de causalidad con dichas actividades.
  3. Verificación del Vínculo Laboral: En caso de duda sobre la veracidad del vínculo laboral, se solicitará información pertinente al empleador y, en el caso de haber laborado para una empresa tercerizadora, tanto a esta como a la empresa principal.
  4. Presentación de Certificados Médicos Actualizados: Los asegurados deberán presentar exámenes médicos recientes y adecuados para acreditar su condición; de lo contrario, las demandas serán consideradas improcedentes. Además, los certificados médicos emitidos por las EPS solo podrán contradecir los del demandante si este fue evaluado presencialmente por médicos especialistas y se adjuntaron los exámenes pertinentes
  5. Cobertura de Gastos por Aseguradoras: Las aseguradoras deben cubrir directamente los gastos de pasajes, hospedaje y viáticos necesarios para las evaluaciones médicas, evitando el sistema de reembolso y asegurando un proceso más eficiente y accesible.

RSM Perú

En RSM Perú contamos con un equipo de especialistas. ¡ContáctanosNosotros te brindaremos los servicios necesarios para ayudar a tu empresa.