El pasado 20 de mayo entró en vigor la Directiva (UE) 2024/1203, relativa a la protección del medio ambiente mediante el Derecho penal. Esta Directiva marca un nuevo hito en la persecución de los delitos medioambientales, cuestión de gran relevancia para un territorio como Andalucía, cuyo tejido empresarial puede presumir de un pujante sector agrícola y donde el medio ambiente es una parte esencial de nuestro modo de vida.

 

Consecuencias penales por delitos medioambientales

 

Desde que se promulgó la Directiva 2008/99/CE, antecesora de la actual, se ha identificado un importante aumento en la criminalidad relacionada con el medio ambiente, manifestada principalmente a través de actividad empresarial irregular. Conductas como la extracción ilegal de agua, la degradación forestal o el vertido de sustancias nocivas se encuentran frecuentemente aparejadas a la actividad de producción industrial y, aun si ser intencionadas, pueden acarrear graves consecuencias penales.

Asimismo, la Directiva busca perseguir el fenómeno creciente de gestión ilícita de residuos, a menudo vinculada con la criminalidad organizada y que suele desplegar efectos sobre el territorio de más de un Estado Miembro. Para ello, se adoptan medidas para reforzar la cooperación transfronteriza de los poderes públicos.

 

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