El Poder Ejecutivo emitió un decreto con fecha del 10 de enero del presente año, por el cual establece cambios en el Fondo de Solidaridad, fondo destinado a financiar becas de estudiantes.


A partir de este año, los aportes al Fondo de Solidaridad deberán ser abonados de forma mensual. El nuevo vencimiento mensual deja sin efecto los anteriores, cuya fecha eran el 31 de agosto para el Adicional y el 31 de diciembre para el Fondo.


Mediante este decreto, se mantienen los montos totales de los aportes, los mínimos imponibles y las formas de pago aprobados en el último Presupuesto.


Los contribuyentes afiliados a la Caja Notarial, los afiliados a la Caja de Profesionales en declaración de no ejercicio y los jubilados sin cese tramitado, así como los egresados que no son afiliados a ninguno de dichos organismos ya pueden abonar los aportes mensuales.


Esto se puede hacer en las redes de cobranza mencionando el documento de identidad, en Banred y por adhesión a débitos automáticos o tarjetas de créditos.


Los contribuyentes afiliados a Caja de Profesionales que se hayan declarado en ejercicio a noviembre de 2016 deberán abonar los aportes mensuales conjuntamente con sus aportes jubilatorios.


Para el ejercicio 2017 se distribuirá en  diez cuotas a partir de marzo y en los años siguientes se normalizará a doce cuotas.


Las entidades públicas o privadas empleadoras deben exigir la presentación de un certificado de estar al día antes del pago del primer salario. Posteriormente, el control se realizará en el mes de abril de cada año.


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