por Jessica González del departamento de payroll de RSM UY.

El pasado 10 de Enero, mediante el Decreto N.º 5/025, el Poder Ejecutivo se estableció el nuevo valor de la Base de Prestaciones y Contribuciones (BPC) vigente a partir del 1ero de enero, que pasó a ser de $6.576.

Este ajuste modifica las franjas del IRPF aplicables a partir del mes de enero, que pasan a ser las siguientes: 

RANGO BPC 

DESDE 

HASTA 

TASA 

Hasta 7 BPC 

 

0 

46.032 

0% 

Más de 7 y hasta 10 BPC 

 

46.033 

65.760 

10% 

Más de 10 y hasta 15 BPC 

 

65.761 

98.640 

15% 

Más de 15 y hasta 30 BPC 

 

98.641 

197.280 

24% 

Más de 30 y hasta 50 BPC 

 

197.281 

328.800 

25% 

Más de 50 y hasta 75 BPC 

 

328.801 

493.200 

27% 

Más de 75 y hasta 115 BPC 

 

493.201 

756.240 

31% 

Más de 115 BPC 

 

756.241 

 

36% 

Con este ajuste, el nuevo mínimo no imponible del IRPF pasa a ser de $46.032, por lo que los salarios menores a dicho importe no estarán gravados por el el impuesto.