La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en su Sentencia nº 790/2022, de 20 de junio de 2022, ha determinado que la exención prevista en el artículo 7.p) de la Ley del IRPF, relativa a la obtención de rendimientos de trabajo en el extranjero, resulta aplicable a las retribuciones percibidas por los administradores y miembros de los consejos de administración, por las labores ejecutivas y de gestión que desempeñen, contradiciendo así la posición histórica sostenida por la Administración Tributaria.

 

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